Directrices para el testimonio de expertos en radiología pediátrica

Directrices para el testimonio de expertos en radiología pediátrica

Los radiólogos pediátricos tienen el deber y la responsabilidad profesionales y éticos de ayudar, informar y educar al sistema legal cuando hay problemas relacionados con las imágenes médicas en niños. El testimonio de expertos debe ser verdaderamente experto, relacionado con el área principal de práctica del experto, e imparcial y disponible para todos los litigantes. Los médicos que actúan como testigos expertos tienen la obligación de presentar información completa, precisa e imparcial.

Los radiólogos pediátricos participan principalmente como testigos expertos en procedimientos legales relacionados con negligencia o en procedimientos civiles o penales relacionados con el abuso infantil. Aunque el papel del testigo experto pediátrico es dispar entre los casos de negligencia médica y los casos de abuso infantil, con todas las obligaciones del testigo experto el radiólogo pediátrico debe respetar los estándares éticos de la profesión médica, la radiología y la radiología pediátrica.

Estas pautas se aplican a todos los lugares legales, incluida la consulta previa al juicio, las declaraciones, las demandas civiles, los procedimientos civiles relacionados con el abuso infantil, los procedimientos legales penales y cualquier otro procedimiento legal.

Estas pautas brindan recomendaciones para el testimonio de expertos y codifican normas éticas mínimas para la participación como testigo experto en procedimientos legales. Por lo tanto, estas directrices ayudarán a prevenir el testimonio pericial irresponsable.

Calificaciones relevantes

La Sociedad de Radiología Pediátrica cree que existen ciertas calificaciones mínimas para los médicos que sirven como testigos expertos; Estas calificaciones mínimas mejorarán la calidad y veracidad del testimonio y se esforzarán por promover veredictos justos y equitativos. Los médicos deben limitar su participación como expertos médicos a los casos en los que tengan auténtica experiencia médica. Los médicos que actúan como testigos expertos deben tener las siguientes calificaciones en relación con la educación, certificación y experiencia:

  1. A menos que esté jubilado, poseer una licencia médica vigente, válida y sin restricciones en el estado en el que ejerce la medicina.
  2. Estar certificado por la junta de la Junta Estadounidense de Radiología en Radiología de Diagnóstico con un Certificado de Calificación Adicional en Radiología Pediátrica o tener el reconocimiento de la junta y subespecialidad por una junta de estándares equivalentes. Alternativamente, ser capaz de demostrar suficiente capacitación y experiencia clínica en el tema clínico en cuestión (radiología pediátrica) para ser calificado y aceptado como experto por la(s) junta(s) de especialidad correspondiente.

Se reconoce que algunos médicos que practican la radiología pediátrica han optado por otros caminos de formación y certificación.

Los ejemplos incluyen, pero no se limitan a, aquellos que ejercen en neurorradiología pediátrica, radiología intervencionista pediátrica y medicina nuclear pediátrica, que pueden haber recibido capacitación específica y Certificado de calificación adicional en neurorradiología, radiología intervencionista o medicina nuclear, respectivamente, con o sin un Certificado de Calificación Adicional en Radiología Pediátrica. De manera similar, se puede obtener una beca de capacitación en otra área de la radiología (por ejemplo, imágenes musculoesqueléticas o radiología intervencionista) sin una certificación específica en radiología pediátrica.

  • Participar de forma activa y significativa en la práctica clínica de la radiología pediátrica, incluido el conocimiento o la experiencia en el desempeño de las habilidades y prácticas en cuestión en el asunto legal. Participar en un dominio de la práctica clínica que incluya casos y estudios de imágenes relacionados con el tema en el asunto legal. Si están jubilados, deberían haber practicado principalmente en radiología pediátrica en áreas relacionadas con el tema.
  • Para los procedimientos de negligencia, el testigo experto debe tener al menos una experiencia educativa, de formación y práctica comparable en la misma área de radiología pediátrica que el acusado.
  • Si se retira de la práctica clínica de radiología pediátrica, manténgase informado sobre el estándar actual de atención y la literatura clínica en el campo antes de emitir opiniones de expertos sobre los casos. El mantenimiento de la certificación, la participación en la educación médica continua, las actividades de enseñanza y la asistencia a las reuniones de la sociedad profesional relevante (por ejemplo, la reunión anual de la Sociedad de Radiología Pediátrica o las reuniones de fin de semana de actualidad, la reunión anual de la Sociedad Europea de Radiología Pediátrica) son ejemplos de actividades que brindan validación de la experiencia para un médico jubilado.
  • No proporcionar detalles falsos o distorsionados sobre sus calificaciones.

Estándar de cuidado

El testigo experto en radiología pediátrica debe estar familiarizado con el estándar de atención médica en relación con las imágenes en el momento del incidente en cuestión. Aquellos que no están familiarizados con tales estándares médicos de atención no cumplen con las calificaciones recomendadas de un experto.

Cómo brindar un testimonio adecuado

  1. Debe tomar todas las medidas necesarias para proporcionar un trabajo experto que sea relevante, confiable, honesto, imparcial y basado en principios científicos sólidos.
  2. Al plantear un diagnóstico diferencial para explicar los hallazgos que pueden ser el resultado del abuso infantil, los expertos en radiología pediátrica deben incluir solo las entidades patológicas generalmente aceptadas en la medicina clínica y que podrían ser razonablemente relevantes para el caso en cuestión.

Los expertos en radiología pediátrica no deben respaldar entidades patológicas o teorías fisiopatológicas en la sala del tribunal que hayan sido desacreditadas en la medicina clínica o que no estén respaldadas por una literatura sólida basada en evidencia.

Las nuevas hipótesis o teorías deben identificarse claramente como tales.

  • En casos de sospecha de abuso infantil, la opinión final del experto debe indicar si el maltrato (abuso infantil) es un diagnóstico razonable y proporcionar cierto grado de certeza. Si el experto en radiología pediátrica no alcanza un grado razonable de certeza médica de que los hallazgos de las imágenes se deben al abuso infantil, debe indicar si el abuso infantil sigue siendo una consideración razonable en el diagnóstico diferencial, qué otros diagnósticos diferenciales se consideran y qué otros diagnósticos diferenciales se deben considerar. La información y / o las pruebas pueden ayudar a aclarar el diagnóstico.
  • Estar dispuesto a someter su testimonio al escrutinio, si así lo solicitan, organizaciones profesionales, hospitales, organismos de revisión por pares y las juntas médicas y / o de licencias estatales, según corresponda, y estar dispuesto a participar en programas de revisión de testigos expertos.

La Sociedad de Radiología Pediátrica cree que los radiólogos pediátricos deben actuar como testigos expertos y alienta una amplia participación para brindar esta experiencia necesaria al sistema legal. Se prefiere una amplia participación de los radiólogos pediátricos a un pequeño número de médicos con poca participación actual en radiología clínica pediátrica, lo que proporciona una cantidad desproporcionada de servicios y testimonios de testigos expertos. Estas pautas proporcionan una base para que las instituciones médicas y académicas responsabilicen a sus profesores por actividades no éticas como testigos expertos, brindar orientación y establecer normas para el comportamiento de los testigos expertos radiólogos pediátricos.

Strouse, P. J., Callahan, M. J., Annam, A., Brown, S. D., Chung, T., Guillerman, R. P., & Jaramillo, D. (2021). Guidelines for expert testimony in pediatric radiology. Pediatric Radiology, 51(7), 1275–1280. https://doi.org/10.1007/s00247-021-05046-3